La Vicepresidencia de la República republicó “por error material” el artículo 46 de la Ley Orgánica de Precios Justos, que fue reformada el pasado 8 de noviembre para añadir nuevos motivos de sanción.
A través de un aviso publicado en Gaceta Oficial N° 40.787, con fecha del 12 de noviembre que circula este martes, se establece que las infracciones por incumplimiento de formalidades se elevó de 12 a 15.
Serán sancionados con cierres de almacenes, depósitos y establecimientos o multas entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias quienes incurran en las siguientes practicas:
> Vender u ofertar bienes o servicios a precios superiores al precio que correspondiere, de las establecidas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, o por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos.
> Falta de exhibición en lugares visibles al público de los bienes y accesibilidad de los servicios que ofrezcan a la venta, según sus propias publicaciones, promociones u ofertas.
> No presentar al funcionario actuante en la inspección o fiscalización la factura, guía de movilización, o documento equivalente, que ampare la legalidad de las mercancías que tiene almacenadas, a la venta o sean movilizadas.
Información de El Mundo